Mediante resolución general 4747/2020, AFIP establece que los trabajadores que envíen telegramas a sus empleadores reclamando la rectificación de su fecha de inicio laboral (ley 24013 art 11), deben informarlo en AFIP vía el servicio Telegramas Laborales
Telegramas laborales (AFIP)
2 julio, 2020Escrito por notas