La Cámara revocó una sentencia de primera instancia y dejó sin efecto una exclusión del Monotributo por exceso de gastos por encima del 40% de sus ingresos.
El accionante ejerce la profesión de abogado conjuntamente con otros colegas con quienes, según alega, comparte el gasto de sueldo y cargas sociales de la secretaria que presta servicios para los cuatro abogados.
La AFIP de oficio, sancionó al accionante fundadamente y por causas objetivas sobre las cuales no se demostró ilegalidad alguna, ni fueron desvirtuadas en su naturaleza y alcance.
Ante tal sentencia, el actor interpuso recurso de apelación mediante el cual puso de resalto que la causal de exclusión invocada no se ajusta a los hechos realmente sucedidos por haber sido demostrado que todos los abogados se hacían cargo de los gastos del estudio jurídico, incluidos los de la empleada.
Alega que el a quo omitió aplicar el principio de realidad económica y el de razonabilidad.

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