Se dispone:
-Aplazar la fecha de operatividad del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” al 4 de enero de 2021.
-Dejar sin efecto las fechas de vencimientos establecidas para la presentación y pago de las declaraciones juradas quincenales y las fechas de vencimiento de las declaraciones juradas informativas del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”, detalladas el anexo de la Resolución General (C.A.) N.° 12/2020.